Servicio en Beneficio de la Comunidad (SBC)
Publico Objetivo / Usuarios
Imputados como condenados, entre 14 y 18 años, de ambos sexos, pudiendo ingresar a ellos también jóvenes mayores de 18 años, siempre que hayan cometido delito antes de la mayoría de edad. •que la presencia de adultos en centros de cumplimiento de sanciones es excepcional debido a que se produce por la sanción ante delitos cometidos cuando eran menores de edad
Descripción
La sanción de Servicio en Beneficio de la Comunidad consiste en el cumplimiento de la medida asignada por un juez, ante la cual el adolescente o joven debe realizar actividades de servicio no remuneradas a favor de: •la colectividad, o •en beneficio de personas en situación de precariedad. La duración de estos servicios fluctúa entre 30 horas como mínimo y 120 horas como máximo, no pudiendo excederse de cuatro horas diarias, pues además esto debe ser compatible con la actividad educacional o laboral que el adolescente realice. La imposición de esta medida requiere que el adolescente esté de acuerdo. Si esto no ocurre, el servicio será sustituido por una sanción superior ambulatoria (no privativa de libertad). La sanción de Reparación del Daño Causado consiste en que el o la adolescente deba resarcir a la (s) víctima (s) en el perjuicio causado con la infracción, por medio de: •una prestación en dinero, •la restitución o reposición de la cosa u objeto de la infracción o, •un servicio no remunerado en su favor. En este caso, la imposición de la sanción requerirá que tanto la víctima como el condenado acepten la propuesta del juez. La población de éste programa corresponde a condenados.
Objetivos del proyecto
Está destinado supervisar y guiar un proceso reflexivo del adolescente que le permita cumplir la reparación, ya sea a través del servicio comunitario o la restauración a la víctima, confrontando con el daño causado y brindándole una oportunidad para responsabilizarse de las consecuencias de su conducta. En el caso del servicio en beneficio de la comunidad la función del programa consiste en seleccionar dentro de la comunidad una actividad idónea para que cada adolescente ingrese a cumplir su servicio y apoyar el cumplimiento velando porque estas actividades se atengan a las normas de protección contra el trabajo y explotación infantil. En algunos casos esto se puede transformar en una oportunidad también para que el adolescente no solo repare la consecuencia de su ofensa, sino también desarrolle habilidades y/o permanezca colaborando o participando en su comunidad, lo que representa un factor de protección contra la continuidad de carreras delictivas. En el caso de la reparación del daño, el adolescente y la víctima o su representante, estructuran un acuerdo de reparación con la ayuda de un profesional entrenado, que facilita la comunicación entre ambos y posteriormente supervisa y apoya al adolescente para que cumpla con el compromiso adquirido, lo que puede representar una oportunidad para que el adolescente restaure sus relaciones con la víctima, pero a la vez mejore su autoimagen y sentido de responsabilidad en términos de verse capaz de reparar un daño cometido.